PLAZOS:
Admisión de solicitudes: del 21 al 30 de ABRIL.
Si se presentan solicitudes fuera de plazo, la adjudicación de la plaza será realizada por la Comisión de Escolarización.
E. Infantil:
3 años nacidos en el año 2005
4 años nacidos en el año 2004
5 años nacidos en el año 2003
E. Primaria:
1er Nivel nacidos en el año 2002 y así sucesivamente con los demás niveles.
Publicación de las LISTAS PROVISIONALES de admitidos y no admitidos: 9 de mayo
Plazo de RECLAMACIONES ante el Consejo Escolar del Centro u órgano competente: 9 al 15 de mayo
Publicación de las LISTAS DEFINITIVAS de admitidos y no admitidos: 22 de mayo
Publicación, en el Centro solicitado como 1ª opción, de un listado asignando plaza al alumnado que no había resultado admitido en dicho Centro: 9 de junio
INSTANCIAS PARA SOLICITUD:
Recogida en la CONSERJERÍA del Centro, o se puede descargar en la siguiente dirección: http://www.educastur.es/media/centros/normativa/impreso_admision_0809.pdf
Entrega de solicitud cumplimentada: CONSERJERÍA del Centro en horario de 9 a 14 h.
En caso de que se presente más de una solicitud, sólo se tendrá en cuenta aquella que opte por el centro en el que tenga matriculado hermanos, o en su defecto, por el centro más próximo al domicilio familiar.
FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA:
Del 13 al 26 de Junio.
La Resolución de 24 de marzo de 2008 por la que se aprueban las bases que regulan el procedimiento de admisión de alumnado en los Centro docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para el curso 2008/2009, se encuentra a disposición pública en la Secretaría del Centro o en la siguiente dirección http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&fecha=02/04/2008&refArticulo=2008-05446
DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR CON LA SOLICITUD:
1. Renta:
- Autorización expresa para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) suministre información fiscal del 2006 (el modelo se entrega adjunto a la solicitud). Cuando se hubiera optado por una tributación conjunta, la autorización se concederá por cualquiera de los dos cónyuges y si hubieran optado por una tributación individual, por ambos.
En los casos de separación legal, nulidad o divorcio, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la autorización la concederá quien o quienes tengan la guarda y custodia. Se aportarán, además, copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio, o el libro de familia o cualquier medio válido en derecho que acredite la inexistencia de vínculo matrimonial. - En el caso de que no exista la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deberá aportarse igualmente autorización para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria informe sobre la inexistencia de dicha obligación de declarar. Y además, certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada uno de dichos sujetos, relativo a las rentas y al número de miembros de la unidad familiar en el ejercicio fiscal 2006, que permita baremar y aplicar los puntos correspondientes.
- El nº de miembros de la unidad familiar se acreditará mediante fotocopia de hoja de declaración del IRPF del año 2006 donde conste tal dato.
2. Domicilio familiar o laboral:
- Certificado de empadronamiento expedido a tal efecto por el Ayuntamiento ó
- Certificado de la empresa ó Centro de trabajo en el que presta servicios, expedido por el titular del mismo.
3. En caso de que se alegue tener hermanos o padres o tutores legales que trabajen en el Centro elegido, se acreditarán mediante la aportación de copia del Libro de Familia en el primer caso y mediante contrato de trabajo o nombramiento como funcionario en el segundo.
4. Situación de discapacidad igual o superior al 33% del alumno o de los padres o hermanos.
- Certificado del IMSERSO u organismo equivalente de la C. Autónoma u otros organismos.
5. Fotocopia de la hoja del libro de familia en la que esté inscrito el alumno para acreditar la edad exigida para cada nivel educativo.
RELACIÓN DE VACANTES A OFERTAR
CURSO ESCOLAR 2008/2009
EDUCACIÓN INFANTIL:
3 años .................................. 36
4 años .................................. 10
5 años .................................. 3
EDUCACIÓN PRIMARIA:
1º ....................................... 4
2º ....................................... 0
3º ....................................... 5
4º ....................................... 1
5º ....................................... 15
6º ....................................... 1
BAREMO
CRITERIOS PRIORITARIOS
1. Proximidad al domicilio:
a) Domicilio familiar o alternativamente lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o tutor situado dentro de la zona de influencia en la que está ubicado el centro solicitado ....................................................................................................................... 8
c) Domicilio familiar o alternativamente lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o tutor situado en otras zonas ........................................................................................ 0
2. Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo durante el curso 2008/09:
a) Por cada uno de ellos y en cada caso .............................................................................. 8
3. Renta per cápita: (se obtendrá dividiendo los ingresos de la unidad familiar entre el número de miembros que la compone)
a) Rentas per cápita inferiores al resultado de dividir entre 4 el S.M.I. ............................... 2
b) Rentas per cápita comprendidas entre el resultado de dividir entre 4 y entre 3 el S.M.I. .............................................................................................................................1,5
c) Rentas per cápita comprendidas entre el resultado de dividir entre 3 y entre 2 el S.M.I. ................................................................................................................................ 1
d) Rentas per cápita comprendidas entre el resultado de dividir entre 2 y entre 1,5 el S.M.I.................................................................................................................................. 0,5
e) Rentas per cápita superiores al resultado de dividir entre 1,5 el S.M.I. ............................. 0
4. Acreditación de discapacidad:
a) Por discapacidad del alumno o alumna: ............................................................................ 1
b) Por discapacidad de padres/tutores legales o hermanos: .............................................. 0,5
CRITERIOS DE DESEMPATE
1. LA PUNTUACIÓN TOTAL QUE OBTENGAN LOS ALUMNOS/AS, EN APLICACIÓN DE LOS BAREMOS ESTABLECIDOS, DECIDIRÁ EL ORDEN FINAL DE ADMISIÓN.
2. EN CASO DE EMPATE, SE DILUCIDARÁ EL MISMO MEDIANTE LA SELECCIÓN DE AQUELLOS ALUMNOS/AS QUE OBTENGAN MAYOR PUNTUACIÓN APLICANDO UNO A UNO, Y CON CARÁCTER EXCLUYENTE, LOS CRITERIOS QUE SE EXPONEN A CONTINUACIÓN EN EL SIGUIENTE ORDEN.:
- 1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de existencia de hermanos/as matriculados en el Centro o padres o tutores que trabajen en el mismo.
- 2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo.
- 3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de las Rentas.
3. DE MANTENERSE EL EMPATE, ÉSTE SE RESOLVERÁ MEDIANTE LA ORDENACIÓN ALFABÉTICA DE LAS SOLICITUDES DE ACUERDO A:
- Dos primeras letras del primer apellido: “MG”
- Sentido de la ordenación alfabética: “Z” a “A”.
Según se recoge en el acta de la sesión celebrada el 1 de abril de 2008, a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Consejería de Educación y Ciencia, el resultado del sorteo público y único previsto en el procedimiento de admisión de alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados del Principado de Asturias para el curso 2008/2009
FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA : Del 13 al 26 de Junio.
Durante ese periodo, y en horario de 9:00 a 13:00 h., se retirarán de conserjería los impresos a cubrir y todo aquello necesario para la formalización de la matrícula.
Gijón, 04 de abril de 2.008